Rawalpindi (Pakistán), el tribunal de Rawalpindi del Tribunal Superior de Lahore (LHC) admitió el viernes una petición que impugnaba el proceso de privatización de Pakistan International Airlines y pidió al máximo funcionario judicial que respondiera a las preguntas planteadas en la declaración, informó Dawn.

El juez Jawad Hassan emitió la orden el viernes sobre una petición pro bono presentada contra el procedimiento adoptado para privatizar PIA. Hassan también expresó su intención de examinar la ley introducida por el anterior gobierno interino para crear un tribunal de apelación para disputas sobre privatizaciones.

La petición decía que el gobierno interino puso a la venta la aerolínea sin evaluar adecuadamente sus activos extranjeros y locales como lo exige la Ordenanza de la Comisión de Privatización de 2000. El peticionario dijo que no se cumplieron los requisitos de la Sección 23 de la Ordenanza de la Comisión de Privatización de 2000. .

Cuando el juez cuestionó al abogado del peticionario sobre la mantenibilidad de la declaración, argumentó que mientras se procedía con el proceso de privatización, se ignoraron los principios establecidos por la Corte Suprema, y ​​agregó que el tribunal podría ocuparse de este caso.

Según el informe de Dawn, el juez Hassan recordó una sentencia escrita por el juez Syed Mansoor Ali Shah en un caso titulado "Arshad Waheed versus la provincia de Punjab y otros" donde detallaba los poderes del Tribunal Superior en tales asuntos.

Según el juez Hassan, en virtud del artículo 199 (jurisdicción del tribunal superior) de la Constitución, el tribunal superior está facultado para examinar las acciones administrativas desde el punto de vista de la violación de la ley y de la Constitución. Sin embargo, añadió que el poder de revisión judicial está regulado por el principio de moderación judicial. "[L]a moderación judicial alienta a los jueces a ejercer sus poderes con moderación y sabiduría y a limitar el ejercicio de sus propios poderes para intervenir en los asuntos relacionados con [la] política de los órganos/juntas estatutarios que tienen perspectiva financiera, resultados y ejercicio. ," él dijo.

El abogado del peticionario argumentó que su cliente sólo impugna el proceso de privatización de PIA porque no se ha cumplido el requisito obligatorio de publicidad, tal como figura en la Sección 23 (anuncio de privatización) de la Ordenanza de la Comisión de Privatización de 2000, informó Dawn.