Mumbai, El Tribunal Superior de Bombay ordenó a la Universidad de Mumbai que admitiera a una estudiante de Chhattisgarh bajo la cuota supernumeraria reservada para estudiantes de Jammu y Cachemira después de que ella no logró obtener la admisión debido a un accidente.

La niña no pudo conseguir la admisión porque no asistió a la sesión de asesoramiento celebrada por el Centro para la Excelencia en Ciencias Básicas (CEBS) de la universidad. En su declaración, dijo que había sufrido un accidente dos días antes y no podía caminar.

Un tribunal de división de los jueces G S Kulkarni y Somasekhar Sundaresan, en su orden del 12 de septiembre, dijo que Lamya Khurshid Siddiqui tiene un excelente expediente académico y obtuvo una puntuación del 98 por ciento en la prueba de ingreso a nivel nacional realizada para este curso.

Sería necesario reconocer el mérito de la peticionaria y reparar la discriminación que sufre y no dejar que su oportunidad de obtener la admisión ante el tribunal se vea afectada por la mera imposibilidad de asistir a una reunión en persona, observó el HC.

"No creemos que la simple incapacidad de participar en tal proceso de verificación en una situación extraordinaria deba permitir que inflija un daño grave a las perspectivas académicas de un estudiante brillante", dijo.

El tribunal tomó nota del hecho de que a otros dos estudiantes que habían informado al instituto de su imposibilidad de asistir a la sesión debido a problemas médicos se les permitió enviar un representante con todos los documentos necesarios y se les concedió la admisión provisional.

Observando que la peticionaria había sufrido una aparente injusticia únicamente debido a su imposibilidad de asistir a la sesión de asesoramiento, el tribunal dijo que se le convenció para conceder una reparación basándose en la consideración básica de que los dos puestos supernumerarios permanecerían sin utilizar.

Entonces el mérito del peticionario sería una baja, afirmó el tribunal del HC.

"Por lo tanto, reconociendo que el derecho a la educación no es sólo un derecho legal sino también un derecho que conduce al disfrute del derecho a la vida conforme al artículo 21, sin crear ningún precedente ya que se trata de un conjunto peculiar de hechos, sería apropiado utilizar uno de los dos asientos supernumerarios no utilizados para acomodar al peticionario", dijo el tribunal.

El tribunal señaló que la peticionaria, después de completar sus 12.º exámenes estándar, registró la Prueba Nacional de Selección de Ingreso para la admisión en el curso integrado de Maestría en Ciencias de cinco años realizado por el Instituto Nacional de Educación e Investigación Científica de Bhubaneswar (NISER) y el Centro para la Excelencia en Ciencias Básicas, Mumbai (CEBS).

Obtuvo una clasificación de 491 en toda la India, por lo que calificó para el curso. El peticionario no pudo conseguir la admisión en el NISER.

En agosto recibió un correo electrónico del CEBS invitándola a asistir a un asesoramiento de admisión, que la peticionaria aceptó.

Sin embargo, dos días antes de la sesión de asesoramiento programada, la peticionaria sufrió un accidente que la dejó incapaz de caminar.

Una semana después, la niña escribió al CEBS solicitando una sesión de asesoramiento alternativa ya que el proceso de admisión aún estaba en marcha. Pero la solicitud fue rechazada por el CEBS.

En su alegato pidió al CEBS que reconsiderara su solicitud de admisión, especialmente porque habían sido admitidos personas de rango inferior al suyo.

El CEBS informó al HC que el proceso de admisión había finalizado y que sólo quedaban vacantes dos plazas reservadas en el marco de la cuota supernumeraria destinada a estudiantes de Jammu y Cachemira.

El instituto afirmó que acomodar al peticionario en uno de estos dos asientos causaría perjuicio a otros estudiantes que no se hayan dirigido al tribunal.

El tribunal, sin embargo, señaló que la ley no protege a los indolentes pero sí protege a los vigilantes.

Dijo que la peticionaria era consciente de su derecho a tocar las puertas del tribunal para proteger sus derechos fundamentales.

El tribunal ordenó al CEBS que concediera la admisión al peticionario y completara todas las formalidades procesales con prontitud.